Viernes, 19 de Enero 2020
SITUACIÓN Y PERSPECTIVAS DE LOS DERECHOS HUMANOS EN ALGUNOS PAÍSES
DE IBEROAMÉRICAMÉRICA
El acecho del aumento de la
conflictividad social, obliga a los órganos judiciales internacionales a
optimizar aún más su gestión para evitar los atrasos procesales
Con
motivo de la culminación del año 2019 y el inicio de 2020, comenzamos a contrastar y evaluar la gestión jurídica
habida y por haber, de los asuntos
relacionados con la protección y defensa de los derechos humanos en la región
iberoamericana, a raíz de la secuencia de hechos políticos y sociales que han
desbordado la gobernabilidad en algunos países latinoamericanos.
Una
etapa tan convulsa como la que actualmente atraviesa buena parte del planeta,
merece la previsión siempre oportuna de ajustar en la medida de lo posible, los
instrumentos de actuación de las organizaciones avocadas al diagnóstico,
tramitación y requerimientos de las causas que cada vez con más frecuencia,
necesitan entes receptores prestos a canalizar las denuncias de los aludidos
directamente por delitos de lesa humanidad y por todos aquellos, que revisten
tipo penal de acuerdo a lo establecido en la legislación internacional y
particularmente, en el Estatuto de Roma cuyo glosario, siempre lo advertimos,
no deja lugar a dudas al momento de calificar situaciones irregulares por parte
de los funcionarios acusadores que operan en los tribunales internacionales.
Como
quiera que las demandas sociales insatisfechas, siguen ocasionando un
desbordamiento incontenible de algunas
comunidades de la región, con la consecuente necesidad de mantener el orden
público contra aquellos que aviesamente, aprovechan el caos social amparados en
las manifestaciones legítimas, la represión también desbordada, sigue
multiplicando la violación de los derechos humanos. Y seamos justos y
objetivos, porque si bien la autoridad reprime con brutalidad en ocasiones, del
mismo modo contemplamos atónitos una saña y una brutalidad reprobable contra
los agentes encargados de velar por la seguridad de los manifestantes. En las
últimas las protestas acaecidas en Santiago de Chile, dos policías salvaron la
vida de milagro luego de ser impactados con material incendiario. Una cosa es
el derecho a manifestar pacíficamente y la otra desbocarse en el ejercicio de
un derecho para conculcar el de los demás.
Es
menester revisar entonces, algunas cifras como abogados y juristas para
monitorear en algunos casos, el número de casos que van generándose
relacionados con la violación de los derechos humanos en la región. Las salas
de los organismos judiciales internacionales, continúan trabajando a tope
recibiendo un buen número de causas que requieren de informes previos para ser
abiertas a trámite y que como ya sabemos, deberán
transitar un largo camino procesal hasta que se produzcan sentencias
definitivas, aunque también, como detallaremos más adelante, los mecanismos
extrajudiciales están, siendo llevados con éxito por entes como la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos, de cuyas estrategias comentaremos luego de
revisar la situación de algunos países.
Capítulo I
Venezuela
En Venezuela por
ejemplo, la Alta Comisionada para los Derechos Humanos de Naciones Unidas, dejó
constancia en el conocido Informe Bachelet del 19 de Septiembre 2019, del
aumento sostenido de las víctimas de ejecuciones extrajudiciales (57
casos) presuntamente cometidas por las Fuerzas
de Acciones Especiales de la Policía Nacional (FAES) por citar tan sólo un dato
(1). La fase diagnóstica de casos denunciados se multiplicó y ahora reposan debidamente
documentados, en espera del un informe preliminar por parte de la Fiscal de la
Corte Penal Internacional, de cuyas actuaciones, ya hemos manifestado nuestras
observaciones en otras ocasiones. Demás está decir, que Venezuela se encuentra
bajo una crisis muy compleja que arrolla los derechos humanos como una
aplanadora, generando además un flujo migratorio convertido ya, en un verdadero
dolor de cabeza con muestras xenófobas por parte de sus vecinos.
Una importante noticia que debemos
resaltar, es que según la Resolución 42/35 emanada del Consejo de Derechos
Humanos de Naciones Unidas (ONU), en fecha 8 de octubre de 2019, se creó una “Misión
de determinación de Hechos” para Venezuela, pero no para continuar
documentando la violación de derechos humanos como consta en el Informe de la
Alta Comisionada Michelle Bachelet, sino enfocada a establecer
responsabilidades mediante la exhaustiva investigación de ejecuciones
extrajudiciales, desapariciones forzadas, detenciones arbitrarias, torturas y
otros tratos crueles, inhumanos o degradantes desde el año 2014. Las
“Misiones de Determinación de Hechos conjuntamente con las Comisiones de
Investigación, buscan hacer frente a casos de graves de violación tanto al
Derecho Internacional Humanitario como al Derecho Internacional de los derechos
Humanos. (2)
De igual forma, debemos referir la
publicación del Informe Anual contentivo de las actividades llevadas a
cabo por la Fiscalía de la Corte Penal Internacional en el período comprendido
del 01 de diciembre de 2018 al 30 de noviembre de 2019 relacionado con nueve
causas, que conforman el examen preliminar necesario para proseguir con las
investigaciones. El extracto de este importante documento, donde se destacan la
historia procesal (cronología de los hechos investigados), actuaciones, conclusión y próximos pasos a
seguir, puede consultarse como “II SITUACIONES BAJO LA FASE 2 (JURISDICCIÓN DE
ASUNTO) VENEZUELA” en el enlace que se
identifica a través de la referencia (3)
Colombia
Con respecto a las
peticiones recibidas en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos,
Colombia figura como el lugar que acumula más causas en curso. De las 2.392
peticiones contra este país, 966 se encuentran abiertas a trámite y 1396
procesos pendientes del estudio inicial en la Comisión. Según un balance
divulgado por la Agencia de Defensa Jurídica del Estado (ANDJE), Colombia
ocupa el 24% de todas las causas en trámite de la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos (CIDH). Pero es importante advertir, que el agotamiento de
los recursos internos para dirimir denuncias por violación de los derechos
humanos, existe en este país suramericano, puntualizando el director de ANDJE que: …”No
todos los casos que llegan a la Comisión son por temas fundamentales…La
atención de demandas que no tienen relevancia sustancial desgasta al Estado,
desgasta a la Comisión, deslegitima el sistema y le quita oportunidades reales
a las víctimas de un problema de derechos humanos…” (4)
En
este punto resulta oportuno señalar, que los esfuerzos del Estado colombiano
ante las recomendaciones formuladas por la CIDH en su Informe Anual 2018,
pueden ubicarse por el lector en el Capítulo V de dicho instrumento en la
referencia identificada como: “SEGUIMIENTO DE RECOMENDACIONES FORMULADAS POR
LA CIDH EN EL INFORME VERDAD, JUSTICIA Y REPARACIÓN: CUARTO INFORME SOBRE LA
SITUACIÓN DE DERECHOS HUMANOS EN COLOMBIA”. El numeral 9 del precitado
Informe expresa además: “…El 15 de marzo de 2019, la Comisión recibió las
observaciones adicionales por parte del Estado de Colombia, sobre los cuales la
CIDH consideró los puntos más relevantes, en particular, los relativos a la
situación de defensores y defensoras de derechos humanos y líderes sociales. El
documento completo se anexa al presente Informe. El Informe Final fue aprobado
por la Comisión el 16 de marzo de 2019…”.
Al
momento de efectuar este análisis, Colombia atraviesa por una situación
delicada debido al surgimiento de manifestaciones multitudinarias que adversan
las políticas que pretende implantar el actual régimen de gobierno, lo que ocasionó en su momento, la declaración de
toque de queda por parte de las autoridades y llamados al diálogo y
conversaciones con diferentes sectores, en su intento por preservar la paz y la
convivencia democrática dentro del estado de derecho. (5)
Chile
El último trimestre del
año 2019 fue particularmente turbulento para Chile. Según los representantes
del Instituto Nacional de Derechos Humanos de Chile (INDH), entre el 18 de
Octubre y el 22 de Noviembre 2019, se han presentado “…más querellas por
torturas, tratos crueles, inhumanos y degradantes, que durante todo el año
2018…”. La Fiscalía chilena por su parte, ha informado de 30.000 personas
llevadas a Audiencias de Control por la comisión de diferentes delitos. De la
cifra anterior, 20.217 de los detenidos, tienen ya su imputación formalizada y
1957 que permanecen arrestados, permanecen en prisión preventiva. Igualmente,
de los procesados, 20.525 tienen medidas restrictivas dictadas por los
tribunales para prevenir y evitar alteraciones del orden público. (6)
Por
lo demás, Chile y Argentina han sido denunciados ante la Corte Penal
Internacional por el grave delito de genocidio contra la etnia indígena
Mapuche. Por la misma tipificación penal, ha sido igualmente denunciado el
presidente de Brasil por parte de Colectivo de Abogacía de Derechos Humanos de
esa nación, por presuntamente: incitar al genocidio y promover ataques
sistemáticos contra los pueblos indígenas. (7)
Ecuador
Como consecuencia de
las manifestaciones sucedidas en este país entre el 3 y el 13 de Octubre de
2019, la Defensoría del Pueblo Ecuatoriana informó en su momento de siete
víctimas mortales, 1300 heridos y más de mil detenidos, dando inicio a una
comisión especial para la investigación de presuntos actos violentos de
violación de los derechos humanos. La Comisión Interamericana
de Derechos Humanos (CIDH) y su Relatoría Especial para la Libertad de
Expresión, expresaron su preocupación ante el uso excesivo de la fuerza por
parte de agentes de seguridad de Ecuador y la escalada de la violencia por
parte de manifestantes.
Conforme lo expresamente informado por la CIDH, la Comisión tomó
nota de que: “… en determinadas circunstancias, grupos de manifestantes
provocaron graves desmanes durante algunas manifestaciones, arrojando piedras y
objetos contundentes contra la policía, protagonizando saqueos y otros tipos de
agresiones, inclusive contra la prensa. Según la información proporcionada por
el Estado, 35 policías resultaron heridos. La
CIDH condena enérgicamente todo acto de violencia, y recuerda que la protesta
social es legítima en tanto se desarrolla en forma pacífica. Al mismo
tiempo, recuerda al Estado que las fuerzas de seguridad tienen la obligación de
permitir el desarrollo de las manifestaciones y protestas y aislar a los
manifestantes que recurren a la violencia…” (8). Decidimos reproducir este
texto, porque consideramos necesario recalcar, que los defensores de los
derechos humanos están para velar por la protección de los mismos, pero también para solicitar se “aíslen” a
los infiltrados y a los violentos, que siempre se las amañan para
entremezclarse entre los manifestantes que sí exponen pretensiones y demandas
legítimas. Pareciera pues, que en estos casos, tiene vigencia el dicho: “En
río revuelto, ganancia de pescadores”, o deberíamos decir quizá: de “delincuentes”?.
México
El fenómeno
de la violencia en México, continúa preocupando a aquellos que denodadamente
luchan por la protección de los derechos humanos en esta jurisdicción.
Recordamos
la visita in loco efectuada por la
Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en septiembre de 2016 para
la verificación in situ de diferentes
situaciones irregulares. A la fecha, según la apreciación del presidente de la
Comisión Nacional de Derechos Humanos mexicana, luego de su participación en el
conversatorio sobre reparación integral de
daño, en caso de violaciones graves a los derechos humanos, el
funcionario aseveró que las muestras de la crisis con respecto al tema que nos
ocupa en suelo mexicano, son: …”las más de 40 mil desapariciones registradas,
las más de mil fosas detectadas en el país, la trata y la tortura que afectan
los procesos de investigación”…, agregando además que:…”tenemos el problema de
las agresiones a los comunicadores, las muertes de comunicadores, vamos de 153
desde 2000 para acá…” (sic) (9).
En
cuanto a las expectativas con respecto al año 2020, la arriba mencionada fuente
señaló que: ”…el presupuesto solicitado por la CNDH para 2020 fue de mil 911
millones de pesos, lo cual se mantuvo en el Paquete Económico presentado por la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público; sin embargo, aún tendrá que ser
aprobado en el Congreso de la Unión”.
Por
lo demás, el gran reto para México se supedita a enfrentar con decisión y
firmeza el poder de los carteles de la droga, cuyo poder corruptor y violencia
sin límites, hace tambalear cualquier gobierno al poner en jaque a las
instituciones del amedrentamiento y el sicariato.
Nicaragua
Nuestra
visión de la situación de los derechos humanos en suelo nicaragüense, se
concreta al informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas
(A/HRC/42/18), publicado el 03 de septiembre de 2019, el cual dio respuesta a
la Resolución 40/2 del Consejo de Derechos Humanos, mediante la cual se
solicitó a la funcionaria que preparara :”…un informe exhaustivo por escrito
sobre la situación de los derechos humanos en Nicaragua…”para ser presentado en
el 42 período de sesiones”. Pues bien, de la revisión del mencionado documento,
que abarca desde 19-08-2018 al 31-07-2019, concretamente de sus numerales 3 y
4, encontramos la siguiente mención:
3…“El presente informe
aborda la situación de los derechos humanos en Nicaragua del 19 de agosto de
2018 al 31 de julio de 2019, y toma como base la información recopilada por la
OACNUDH, en Nicaragua, así como en Panamá y Costa Rica, a través,
especialmente, de entrevistas realizadas a refugiados y migrantes nicaragüenses
y entrevistas a distancia.
Durante el período que se examina, la OACNUDH realizó 187 entrevistas a víctimas y testigos de violaciones de derechos humanos y otras fuentes, entre las cuales, abogados, periodistas y profesionales de la salud (96 hombres y 91 mujeres). Se realizaron 96 entrevistas a distancia y 91 presenciales. La OACNUDH también sostuvo 128 reuniones con varios actores, entre ellos funcionarios gubernamentales. Además, la OACNUDH analizó documentos de fuentes tanto gubernamentales como no gubernamentales, tales como videos, fotos e informes procedentes de fuentes abiertas. Se enviaron al Ministerio de Relaciones Exteriores 37 comunicaciones, solicitando información detallada sobre denuncias de violaciones a los derechos humanos. El Gobierno respondió a seis de ellas, en particular a un cuestionario enviado por la OACNUDH con miras a la preparación del presente informe. La OACNUDH agradece al Gobierno por haber respondido a sus comunicaciones, pero hace notar que la mayor parte de la información facilitada carece de la precisión suficiente para un análisis adecuado…4) El análisis y la verificación de esta información aporta motivos suficientes para creer que los hechos ocurrieron tal como se describieron y que los patrones que se plantean en el informe constituyen violaciones a los derechos humanos. La OACNUDH evaluó esta información a la luz del derecho internacional de los derechos humanos aplicable a Nicaragua y de la legislación nacional pertinente, teniendo en cuenta también instrumentos con estándares complementarios a las normas internacionales…” (resaltado nuestro)
Durante el período que se examina, la OACNUDH realizó 187 entrevistas a víctimas y testigos de violaciones de derechos humanos y otras fuentes, entre las cuales, abogados, periodistas y profesionales de la salud (96 hombres y 91 mujeres). Se realizaron 96 entrevistas a distancia y 91 presenciales. La OACNUDH también sostuvo 128 reuniones con varios actores, entre ellos funcionarios gubernamentales. Además, la OACNUDH analizó documentos de fuentes tanto gubernamentales como no gubernamentales, tales como videos, fotos e informes procedentes de fuentes abiertas. Se enviaron al Ministerio de Relaciones Exteriores 37 comunicaciones, solicitando información detallada sobre denuncias de violaciones a los derechos humanos. El Gobierno respondió a seis de ellas, en particular a un cuestionario enviado por la OACNUDH con miras a la preparación del presente informe. La OACNUDH agradece al Gobierno por haber respondido a sus comunicaciones, pero hace notar que la mayor parte de la información facilitada carece de la precisión suficiente para un análisis adecuado…4) El análisis y la verificación de esta información aporta motivos suficientes para creer que los hechos ocurrieron tal como se describieron y que los patrones que se plantean en el informe constituyen violaciones a los derechos humanos. La OACNUDH evaluó esta información a la luz del derecho internacional de los derechos humanos aplicable a Nicaragua y de la legislación nacional pertinente, teniendo en cuenta también instrumentos con estándares complementarios a las normas internacionales…” (resaltado nuestro)
Resulta por demás
evidente, que es con los documentos fuente no gubernamentales que pudo llevarse
acabo la redacción del Informe para sugerir entonces la legislación aplicable,
por cuanto la información aportada por el Gobierno, cubrió tan sólo seis de las
37 solicitudes formuladas ante el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Bolivia
El importante momento político por el que atraviesa el Estado
boliviano, nos obliga a revisar los comunicados emitidos por la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos para verificar, previo acceso a la
documentación necesaria y a las entrevistas pertinentes con autoridades
gubernamentales y civiles en general, la ocurrencia de hechos que podrían
constituir violación a los DDHH. Así pues, mediante documento Nro.328/19 del
18-12-2019 (11), la Comisión anunció la creación de un grupo Interdisciplinario
de Expertos Independientes (GIEI) para coadyuvar en la realización de las
investigaciones de los recientes hechos de violencia y violaciones de los
derechos humanos en Bolivia, así como la realización de una visita in loco a ese país.
En este caso, el gobierno boliviano se compromete a garantizar que
los expertos tengan acceso a los expedientes de las investigaciones y causas
penales iniciadas con motivo de los hechos, el acceso a información pública así
como a las instalaciones, infraestructura, recursos y medios necesarios para
cumplir el análisis técnico formulando las recomendaciones que apunten a un
Plan de Atención Integral de las Víctimas.
Dada la situación de permanente acoso y persecución a los
defensores de los derechos humanos en otras latitudes iberoamericanas, no
podemos menos que aplaudir la colaboración del Estado de Bolivia al facilitar
todos los medios posibles al GIEI para
investigar, diagnosticar, recomendar y corregir las fallas en atención a la
calidad de vida que merece el pueblo boliviano en uso de los deberes y derechos
que ofrece un estado de derecho perfectible.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha expresado en el
comunicado que: “…la celebración de este Acuerdo con el Estado Plurinacional de
Bolivia, construye un paso de gran importancia hacia el derecho a la verdad y
la justicia de las víctimas y sus familiares, así como hacia la reparación
integral y oportuna, acorde con el Derecho Internacional de los Derechos
Humanos.
Hemos efectuado un breve recorrido
por algunos países iberoamericanos examinando algunas estadísticas, medidas y
procederes relacionados con la situación de los derechos humanos en sus
respectivas jurisdicciones, pero, ante el aumento de denuncias que han de
producirse a consecuencia del delicado estado en que se encuentra la democracia
en América latina, es bueno señalar que como señalaremos a continuación la CIDH
cuenta con mecanismos ágiles para dar curso a las peticiones y solicitudes que
le son presentadas para asegurar un resultado idóneo en la tramitación de las
mismas.
Capítulo II
Avances en la lucha por la defensa de los derechos humanos en
la región
La CIDH y su decidida acción frente al atraso procesal
Ante el aumento de
peticiones y casos que se presentan ante la CIDH, esta instancia internacional
ha ido optimizando un sistema operativo desde 2017, para canalizar
oportunamente las soluciones amistosas o extrajudiciales. En el año 2018 se
publicó, con el apoyo financiero de España y la Unión Europea el documento “Impacto
del Procedimiento de Solución Amistosa”, (OEA/Ser.L/V/II.167 Doc.31, 1 marzo
2018), en el cual se estructura y condensa. el conocimiento de las
solicitudes. El Capítulo III literal C, aborda el tratamiento de las: Medidas
de Satisfacción: verdad, memoria y justicia, reconocimiento de responsabilidad
y aceptación pública de los hechos, búsqueda y entrega de los restos de las
víctimas de violaciones de los derechos humanos, declaraciones oficiales que
restablecen la honra y reputación de la víctima de violaciones de derechos
humanos y aplicación de sanciones judiciales y administrativas a los
responsables de las violaciones, estableciendo en el literal D, lo atinente a
la compensación económica de los afectados. (12)
A través de la
presentación de una petición ante la CIDH, aquellos que han sufrido violaciones
a sus derechos humanos, tienen acceso a un procedimiento no contencioso contando
con un instrumento de resolución a sus demandas. La Comisión Interamericana ha señalado: ” … Dicho
sistema de peticiones y casos, es una herramienta fundamental para lograr
justicia y reparación, combatir la impunidad y lograr reformas estructurales en
la Ley, política y práctica…1.- Sin embargo, uno de los principales desafíos
históricos que enfrenta la CIDH es reducir el atraso procesal en el
sistema de peticiones y casos, ya que afecta las posibilidades de dar una
respuesta oportuna a las personas que acuden al sistema interamericano a
denunciar violaciones a sus derechos humanos. Varias han sido las causas del
atraso procesal, siendo la principal, el aumento constante en la cantidad de
peticiones que la CIDH recibe… Por otra parte, la Comisión extendió a la
etapa de admisibilidad el plan piloto de adopción de informes en serie
inicialmente adoptado para la etapa del fondo. Asimismo, decidió continuar
avanzando en la simplificación de los informes de admisibilidad y fondo y en
la acumulación de peticiones y casos cuando exista identidad entre las partes,
hechos o patrones similares ” (resaltado nuestro) (Ref: (5)). El Plan
Especial para superar el Retraso Procesal, cuya segunda etapa inició en 2018, tiene
hoy, a raíz de los sucesos que acaecen en Iberoamérica, una gran
importancia y una pertinencia
indiscutible.
En la actualidad, el
teatro de operaciones en la región latinoamericana, es permanentemente
supervisado por la CIDH y demás organismos internacionales y sus
recomendaciones, medidas y avisos y oportuna mediación ante la violación de los
derechos humanos, fortalecen la incansable labor de advertir cada día, los
hechos y situaciones que ameritan una atención perenne si queremos preservar
los gobiernos democráticos que existen en la región.
Fuentes
consultadas
Abogado César Enrique López Bacaicoa.
Miembro del Comité Coordinador de la
Comisión Iberoamericana de Relaciones Diplomáticas,
Protocolares y Gremiales de la Asociación de Juristas de
Iberoamérica (ASJURIB)
Jurista y ciudadano Iberoamericano